Joaquín Ortega Arenas
¡Vaya pregunta!
Resulta difícil
condensar en unas cuantas palabras una contestación a tal pregunta. Debemos en primer lugar
considerar que “el juez”, sea cual fuere la intervención que se le
solicita o tenga obligación de satisfacer, es directamente la persona que debe
interpretar y aplicar lo que es justo,
la justicia, pero ¿Qué es justicia?
Con la total destrucción de las instituciones y culturas
aborígenes de América, de la que se
impartía en estas tierras tan solo nos ha quedado la certeza plena de que la
pena de muerte era aplicada a quienes estaban encargados de impartir justicia,
y no lo hacían o lo hacían en forma
equívoca.
Lo demás, ha desaparecido casi por completo o ha sido
ignorado y su estudio ha sido relegado.
Tenemos que volver, entonces, los ojos a los países
europeos, en especial a Grecia y a Roma
para buscar las fuentes de las labores de los jueces.
En Grecia, Pitágoras
y los filósofos Estoicos con Epicteto
a la cabeza, y considerando por el mismo modelos de su filosofía a Sócrates y Diógenes, debían “…conocer
la verdad, imperturbable, ser acertados en sus juicios y comportamientos… la iustitia
es una voluntad que implica el reconocimiento de lo que se estima justo y bueno
(aequum et bonum). Para Platón (“La República”),
·…los gobernantes de las Ciudades
deberían ser los individuos más justos y sabios…”, Aristóteles,
esbozaba ya la idea, después trasmitida a Roma, de que “…Dar a cada uno lo
que es suyo, o lo que le corresponde, y que lo que le corresponde a cada ciudadano tiene
que estar en proporción con su contribución a la sociedad, sus necesidades y
sus méritos personales…”
En Roma, verdadera pionera en la materia
de derecho y justicia cuyos resultados han perdurado hasta nuestros días, a Ulpiano, (uno de los redactores, junto
a Paulo, Papiniano, Modestino y Gayo) del Código de Justiniano, corresponde la
más completa definición que hasta la fecha existe sobre lo que es la justicia,
señalaba:
“…Iustitia est
constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi”; "La justicia es la constante y perpetua voluntad de
dar (conceder) a cada uno su derecho". Los derechos son:
"honeste vivere ,alterun non laedere et suum quique tribuere"... "vive
honestamente, no hagas daño a nadie y da a cada uno lo suyo…"
Con la llegada del cristianismo, las idea se orientaron
hacía lo Divino, hacia la voluntad del Dios Creador del Cielo y de la Tierra, y ya en pleno Siglo XIII, Tomás de Aquino, (1224-1274) se inclinó por la Ley Natural. Dice “…que los ciudadanos han de tener los
derechos naturales, que son los que Dios les da…·, es decir los que hoy
llamamos Los Derechos Humanos y obviamente, su aplicación de modo universal.
Ya en la época
moderna, Hans Kelsen, ( 1881-1983),
manifestaba:
“…La Justicia es para mí
aquello cuya protección puede florecer la ciencia, y junto con la ciencia, la
verdad y la sinceridad. Es la
Justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia
de la democracia, la justicia de la tolerancia…”
y en lo que llamó “Teoría
pura del Derecho” lo consideró “… como un fenómeno autónomo de consideraciones ideológicas o
morales…” abandonando de plano el
tradicional derecho
natural. Consideraba a la moral como parte de la
justicia, como un elemento anexo interconectado con la Justicia (que es uno de los fines del Derecho); y concluyó que así, “…en tanto la justicia es una exigencia de la moral, la relación entre
moral y derecho queda comprendida en la relación entre justicia y Derecho…”.
Es el juez quién decide aplicar en última instancia, a cual
de las teorías y leyes dictadas por los estados debe acogerse en sus fallos y
sentencias.
“Un buen juez” puede que haya sido el bíblico Salomón aplicando su sano
criterio ¿pero en la actualidad ? como podemos señalarlo.
Viene a mi memoria, y creo que es la mejor definición que
he conocido de lo que es “Un buen Juez”;
la que escuché de labios del eminente jurista español José Sánchez Román allá por el año de 1941.
Invitado por la Suprema Corte
de Justicia a pronunciar una conferencia en el Salón de
Plenos del Alto Tribunal, señaló que un buen juez debe tener,
“…en
primer lugar un gran corazón, un amplio criterio, incorruptible, sometido a la
mas pura ética y libertad de actuar, y …un valor a toda prueba…”
El Ministro Octavio Mendoza González, al terminar la conferencia, (tremendamente
aplaudida por los asistentes), dijo al
Maestro Sánchez Román.
“…Hemos
escuchado con toda atención los razonamientos que el Maestro ha hecho acerca de
las características que debe tener un
buen juez, pero quisiera preguntarle si no es necesario que sea un buen jurisconsulto…”
La respuesta clara, franca, rápida y directa del Maestro
dejó mudos a los asistentes.
“….Es algo que no es necesario, pero… tampoco estorba…”
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