Joaquín Ortega
Arenas.
Lo que llamamos
pomposamente “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”,
saliéndonos un poco de los formalismos ridículos que acompañan nuestro
pensamiento diario esta convertida hoy, en una completa “vacilada”. Modificamos
día a día su contenido y alcance para que quede “...Al gusto del patrón sexenal
en turno”. De 1917 a 2012 llevamos ya más de TRES MIL MODIFICCIONES, ADICIONES
Y RECORTES, Y TAMBIÉN MUCHO MÁS DE UN BILLÓN DE VIOLACIONES “PERDONADAS “ U
“OLVIDADAS”, PERO SIEMPRE IMPUNES.
Un lugar muy
especial, lo constituye la ilusoria “gratuidad” de nuestra también ilusoria
“justicia”. No finjamos “demencia”: lo que cotidianamente recibimos los
eternamente “castrados” mexicanos, ni es justicia ni es gratuita lo que
conlleva la inutilidad del artículo 17 de la misma que señala:
Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por
sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.
Toda
persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que
estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes,
emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio
será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.
Bien visto y
bien mirado, los términos que señalan las leyes, son letra muerta. Como un
ejemplo que se ha hecho público, tenemos el de la Francesa Florence Casses. La
Constitución señala como plazo máximo para un procedimiento penal…UN AÑO, Y
ÉSTA POBRE MUJER, CULPABLE O INOCENTE,
LLEVA SIETE AÑOS PRESA, y, en ese proceso y en millones de procesos
penales y civiles más, podría afirmar caso con toda seguridad que en ninguno se
cumplen los PLAZOS Y TÉRMINOS QUE FIJEN LAS LEYES, salvo los plazos que
perjudican s los ciudadanos. Como pues, puede ser la Justicia PRONTA Y
EXPEDITA.
En lo que
respecta a COMPLETA E IMPARCIAL, ……….vamos a ver.
Para
empezar, TODOS LOS TRIBUNALES se ubican en lugares inaccesibles, en los que se
viola la disposición existente de tener lugar de estacionamiento en los
edificios públicos. Los tienen sí, pero solo para sus funcionarios. El público
forzosamente usuario, que ya sabemos,
importa **+*#$%=°|, camina desde más de cien metros o un
kilómetro, porque además, el servicio de grúas que mueven a los que se
estacionan “en lugar prohibido”, como son los lugares en donde existen
tribunales, es eficacísimo. Tal vez es un negocio montado entre el Poder
Judicial y el Poder Ejecutivo. No afirmo nada, pero “puede ser”. Para complemento obligado, los Poderes Judiciales,
Federal y Local, funcionan en decenas de edificios muy lejos unos de otros.
Diez Juzgados por aquí, y otros por allá.
La “Gratuidad” de las “Justicia”, se ve
interrumpida cotidianamente, por la necesidad que existe para que funcione, de “aceitar la maquinaria judicial”, dicen
los litigantes, Esa labor empieza desde el momento, muy tardado desde luego, en
que llega la demanda inicial de cualquier juicio al Juzgado Tramitador, SEA EL
QUE SEA. Si el “acuerdo admisorio tarda”, basta con unos pesos bajo la mesa, de cien a
lo que sea de acuerdo con el monto del litigio. Una vez admitida, “los oficios” para que el expediente
pase a la actuaría, son generalmente baratos de, de veinte a cien pesos. Una
vez en manos de los Señores Actuarios, hay que hacer cola, porque “tienen mucho
trabajo”, cola que se ve disminuida con una pequeña dádiva. Librado ese
escollo, hay necesidad de llevar a los señorones actuarios a verificar la Diligencia correspondiente. Un
Emplazamiento es, digamos, barato cuando en verdad se hace, pero…hay casos en
que es carísimo si sólo se simula.
Realizado el emplazamiento, el juicio puede dar principio.
Los trámites
posteriores son, “ver acuerdos”, gratuito si se hacen terribles colas y
“bolas”; Veinte a cincuenta pesos si se evita ese engorroso trámite. Es común, desgraciadamente que los
expedientes no estén en su lugar (hay juzgados, sobre todo los Familiares del
Distrito Federal, ubicados en la Avenida Juárez, en los que los apilan en el
suelo lo que dificulta su localización, “búsqueda de expedientes”, costo variable de acuerdo con la urgencia del
interesado. Copias simples de diligencias Cinco pesos hoja. Certificadas, diez.
Qué importa que exista Jurisprudencia de la H. Suprema Corte que determina que por los “Servicios” deben pagarse solo el
costo de los mismos. Una hoja tamaño
oficio, cuesta 1.2 Centavos y, la tinta de
las benditas computadoras ¿cuánto más puede costar?
Lo que si
será siempre un misterio es, ¿porque los Inefables y generalmente extranjeros
Bancos ganan los juicios que se emprenden en su contra, sin excepción alguna? ¿Por qué los
gobiernos Federal y Estatales, gana
también todos los juicios que se inician en su contra, y los que llega
¡milagrosamente! a perder, nunca se llegan a ejecutar?
El que esto
escribe, recuerda que “¡…No hay que patear el pesebre…!” SABIO CONSEJO.
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