Joaquín
Ortega Arenas.
Con toda seguridad podemos afirmar
que en el mundo judicial de todos los Países, los procedimientos penales son los de mayor riesgo para ser desviados por las corruptelas
de jueces, autoridades en encargadas de la procuración de justicia, litigantes
y personas inmersas en ellos. Es natural, además, se ventila en ellos el más preciado de los
derechos humanos, ¡la libertad personal!
En esta Ciudad ´de México, en la que hace setenta años inicié mi
peregrinar en busca de justicia, existían dos personajes muy notorios, Guadalupe Tostado, amo y señor de las
empresas de Fianzas y de la posibilidad
de lograr arreglos económicos con todo
tipo de autoridades de las Cortes
Penales que entonces existían, compuestas por tres Juzgados cada una, para
lograr la libertad de las personas procesadas, o bien lo contrario, refundir en
la cárcel a personas inocentes. Había desde luego, funcionarios judiciales que
luchaban por impedirlo e impartir una sana justicia, Ferrer Macgregor, Espeleta
Torrijos, Alberto R.Vela, Manuel Rivera Vázquez, y muchos, increíblemente, muchos más que,
desgraciadamente no podían impedir la corrupción en los estratos inferiores de
la Procuración de Justicia .
En el Jardín que se encuentra frente
al justificadamente llamado “Palacio Negro de Lecumberri”, paseaba diariamente
su figura excepcional un litigante ya entrado en años, vestido siempre de negro,
con sombrero de ala mosquetera y una inmensa corbata, Don José Meléndez, a quien obviamente motejaban como el
“Corbatón”, enamorado de la justicia que se aprestaba a defender, gratis o con
la paga que el solicitante pudiera proporcionarle , a defender a quienes a su criterio estaban injustamente
detenidos. ¡Que tiempos aquellos!
Hoy las cosas son diferentes, las corruptelas baratas han dado paso franco
a los sistemas porfirianos de “¿Mátalos en caliente! y ¡mátalos, después
viriguas” en franca contravención con el artículo 129 Constitucional, que,
sigue vigente y reza:
Artículo 129. En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede
ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina
militar. Solamente habrá Comandancias Militares fijas y permanentes en los
castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de
la Unión; o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las
poblaciones, estableciere para la estación de las tropas.
La “marina ha bajado de sus barcos” y
recorre incansablemente en busca de “narcos” y
”delincuentes” todo el País y,
cuando encuentra a alguien que estima que lo es, simplemente
lo “ejecuta” (lo “mata en
caliente”) sin averiguación alguna, y “a buscar más”. De ese sencillo modo han muerto en los
últimos trece año miles, si, miles de mexicanos. Las Procuradurías de
Justicia, Federal y Estatales, como sucedía durante el ”porfiriato”, ¡no se enteran!
Como
contrapartida, las mismas procuradurías
Federal y Estatales, “ignoran”
las denuncias que se les formulan y “se duermen”, como ha sucedido con la denuncia
presentada por los Sindicatos que operaban la Compañía Mexicana de Aviación. Denunciaron hace ya meses o años, que las
acciones de la empresa habían sido vendidas sin notificar a los acreedores y comprometer al nuevo adquirente a que se
haga cargo de los adeudos, lo que es un
delito que se castiga con más de veinte
años y….¡nada!
Afortunadamente
para los gobernados, la Nueva Ley de
Amparo, ha dejado de ser un código procesal propiamente, y en su artículo 107 Fracción VII, que Ordena:
Artículo 107. El amparo
indirecto procede:
…
VII. Contra las omisiones
del Ministerio Público en la investigación de los delitos, así como las
resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal, o por
suspensión de procedimiento cuando no esté satisfecha la reparación del daño;
y…,
que la convierte en una Ley que contiene disposiciones de carácter
SUSTANTIVO, que permiten que el agraviado con la conducta
omisa de las Autoridades encargadas de
la Procuración de Justicia obtenga
mediante un juicio de amparo, que se
subsanen todas las omisiones que tanto
daño han causado al País, por las
conductas OMISAS DE DICHAS AUTORIDADES.
Hoy, es a la Justicia Federal a la que corresponde calificar y
remediar “los errores” y “omisiones”,
voluntarias, involuntarias o producto de la corrupción de Procuradores, Agentes del Ministerio
Público y demás autoridades.
¡ESTAMOS ANSIOSOS DE VER LOS RESULTADOS!
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