Joaquín Ortega Arenas.
(Interrogatorio a un Premio Nobel)
P.- ¿Señor quién le enseñó a leer y escribir?.
R.- Mis MAESTROS.
P.- ¿Quién le enseño a sumar, restar, multiplicar
y dividir?
R.- Mis MAESTROS.
P.- ¿
Quién lo educó, ya que una cosa es instrucción y otra educación, ya que la
Instrucción es la trasmisión de conocimientos y la educación la formación de
hábitos ?
R.- Mis
MAESTROS.
P.- ¿ Recuerda en especial a alguno de sus
MAESTROS?
R,- ¡NO A TODOS DEBO POR IGUAL LO QUE SOY Y ESTE
PREMIO!
¿Hay en el mundo
entero alguien que pueda contestar de otro modo este interrogatorio?
Si lo hay,
bíblicamente, ¡Que tire la Primera
Piedra!
En
México, solo en México, a partir de que entró en vigor la Ley Federal del
Trabajo, (1931) FASCISTA Y CORPORATIVA, los maestros son despreciados y tratados como
enemigos “del Régimen Revolucionario”, que no puede permitir que alguien
piense en forma diferente a los “usufructuarios de la revolución”, actúe libremente, predique la verdad y no el
engaño necesario para que continúe la explotación despiadada implantada por “El Partido en el Poder”
dueño de bienes, voluntades , presente y futuro del inerme pueblo
mexicano desde la sanguinaria conquista a que se vio sometido., acostumbrado a ¡OBEDECER Y CALLAR!
Durante
la “odiosa dictadura” de Porfirio
Díaz, se fundaron más de noventa
escuelas Normales de las cuales todas o han desaparecido o se han transformado
en verdearas fábricas de pericos y grillos; los Beneméritos “Institutos
Científicos y Literarios” que funcionaron en casi todos los
Estados, hoy sustituidos por “universidades
patito” han perdido su carácter y abandonado a las clases humildes; poco a poco, pero
inexorablemente el Estado ha entregado la educación superior al clero , con la
honrosa excepción de la UNAM y el IPN., y
florecen como enredaderas envenenadas las “Universidades
clericales”.
Durante
el “Sexenio delirante” (1934-1940) protegidas con una máscara “roja”, se fueron aniquilando todas las
organizaciones de trabajadores libres
para convertirlos en “parte del Estado, controladas por el Estado y al servicio del estado”. De un solo tajo se arrebataron a los
trabajadores las “garantías individuales de libertad del trabajo, libertad de asociación, libertad de pensamiento, libertad de expresión,
y otras más, Los MAESTROS, así con mayúsculas, se convirtieron en esclavos del
régimen asociados forzosamente a un “SINDICATO” oficial, SNTE, QUE LOS MANIPULA Y EXPLOTA PERO, LES ARREBATA SIN AUTORIZACIÓN ALGUNA, PARTE
DE SUS SALARIOS COMO “CUOTAS SINDICALES”
que han hecho millonarios desde Gaudencio Peraza Esquiliano hasta Elba
Esther Gordillo. O son parte de ese “sindicato”, o no tienen donde trabajar, y
eso bajo presión constante de las armas federales.
A
esa inhumana esclavitud, pretende
agregar el “GOBIERNO REVOLUCIONARIO “ cuyo Secretario de Educación es un
“mexicano” descendiente de padre y madre árabes, una Reforma Educativa que reproducimos,
sin el permiso de su mejor crítico, Don Manuel Fuentes Muñiz , en la que señala las 32 Razones inaceptables en la Ley General del
Servicio Profesional Docente, QUE SON:
“…se aplica de manera retroactiva la ley en perjuicio de quienes laboran
actualmente en educación básica y media superior, contrariando el artículo 14
Constitucional. (Art.1)
Afecta a todos los trabajadores magisteriales a nivel federal, estatal,
del Distrito Federal, municipal y de organismos descentralizados. (Art. 3)
Se derogan todos los derechos adquiridos (Transitorio Segundo)
Las autoridades educativas pueden anular derechos “sin necesidad de
declaración judicial”. (Arts. 32, 40, 44)
Desconoce la calidad “de trabajadores” a quienes laboran en el
magisterio al convertirlos en “sujetos administrativos” violando el artículo
123 Constitucional.
Cuatro temas: ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el
empleo magisterial son ahora “condiciones administrativas” y dejan de ser
derechos laborales.
Otorga facultades al Secretario de Educación Pública federal (SEP),
léase presidente de la república, para estar por encima de la soberanía de los
estados de la república para autorizar a los gobernadores lineamientos en los
cuatro temas.(Art. 8- I)
Permite a la SEP imponer lineamientos generales en la prestación
del Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela en la Educación Básica. (art.
10 VII)
Permite al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE)
imponer y autorizar, por encima de la soberanía de los Estados,
lineamientos a todo tipo de autoridades educativas y organismos
descentralizados para evaluación de los cuatro temas. (art. 7 IV, V, VI)
Faculta a la SEP y al INEE, para efectos administrativos, interpretar
unilateralmente la ley. (Art. 67)
Autoriza al INEE imponer los procesos de evaluación para los cuatro
temas que corresponde calificar a las autoridades educativas y a los organismos
descentralizados. (Art. 7 XIII)
No considera la participación sindical en los procesos de observación de
las evaluaciones. (Art. 7 , XV)
En los cuatro temas se anula la intervención de cualquier tipo de
sindicato o coalición magisterial.
Los cuatro temas no son materia de Condiciones Generales de Trabajo.
Sustituye el Trabajo Docente por el Servicio Profesional Docente.
Enfrenta al docente como sujeto administrativo aislado a la estructura
estatal.
Sustituye los tribunales laborales por tribunales administrativos en
casos de conflicto de los cuatro temas.(Art. 84)
Desaparecen los nombramientos de base para quienes ya lo tienen y para
los de nuevo ingreso.(Transitorio Octavo)
Desaparecen los nombramientos de base para quienes ejerzan funciones de
dirección “sin el nombramiento respectivo” condicionado a evaluaciones
unilaterales.(Transitorio Décimo Cuarto)
Crea la figura de contratos “por tiempo fijo” de naturaleza eventual, en
sustitución de los nombramientos de base.(Arts. 23, 30 y Transitorio Octavo)
Crea la figura de “nombramiento provisional” para cubrir una vacante
temporal menor a seis meses. (Art. 4 XVII)
El “proceso de compactación” permite contratos “por horas” y con ello
fraccionar el pago salarial a los maestros. (Arts. 42 c), Transitorio
Décimo Segundo)
Desaparece el derecho de inamovilidad en el empleo.
Instaura un procedimiento autoritario que permite la separación
inmediata sin que haya la garantía de audiencia prevista en la legislación
laboral. (art. 70)
Se establece como causal de separación sin responsabilidad de las
autoridades la negativa a participar en los procesos de evaluación sin
considerar la antigüedad y nivel académico. (Transitorio Octavo)
Se establece como causal de separación sin responsabilidad gubernamental la negativa a participar en los
programas de regularización sin considerar la antigüedad y nivel académico.
(Transitorio Octavo)
Se establece como causal de separación sin responsabilidad gubernamental
obtener resultados insuficientes en el primer o segundo proceso de evaluación y
no se incorpore al proceso de regularización sin considerar la antigüedad y
nivel académico. (Transitorio Noveno)
Se establece como causal de separación sin responsabilidad gubernamental
obtener resultados insuficientes en el tercer proceso de evaluación con base en
criterios unilaterales. (Transitorio Noveno)
Se cancela el derecho a la reinstalación en el empleo o de indemnización
con pago de salarios caídos en caso de separación injustificada. (Transitorio
Octavo y Noveno)
Se establecen 8 causales adicionales de terminación de los efectos del
nombramiento sin responsabilidad gubernamental sin necesidad de que exista
resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. (Arts. 69 y
74)
Se permite la separación cuando el personal docente no asista por más de
tres días consecutivos o discontinuos en un periodo de 30 días naturales. (art.
76)
La razón de la separación del puesto es unilateral y la autoridad que
aplica la sanción es la misma que conoce de la revisión, convirtiéndola en juez
y parte. (Art. 80)
¡CREEMOS QUE LO SEÑALADO POR DON MANUEL FUENTES MUÑIZ, ES TAN CLARO COMO EL AGUA!,
¡NINGUNA
PROFESIÓN ES MAS NOBLE Y DESINTERESADA QUE LA DOCENCIA, CONVERTIDA EN UN VERDADERO
SACERDOCIO POR LOS MAESTROS MEXICANOS¡
¡NO DEBEMOS
PERMITIR QUE SE ANIQUILEN SUS CONOCIMIENTOS Y DEVOCIÓN POR NUESTROS HIJOS Y
NIETOS, SERIA SENCILLAMENTE CRIMINAL!
1 comentario:
Sr. Joaquin Ortega, me comunico por este medio, ya que en el periódico Esto, donde publicó lo de Lara y Camaco Sandoval, no había modo de contacto. Pues es para preguntarle dónde puedo hayar datos biográficos sobre Rodolfo Sandoval, ya que estoy convencido de que es el autor de todas las letras "españolas" de Lara, además de la de Farolito, según lo expresa el poeta Elías Nandino en su libro censurado. También pedirle me de su opinión sobre las canciones que ud. cree sí escribió el chamaco, pues también detecté en el libro sobre Lara "El flaco de oro", que éste era muy mal letrista, y no sé de dónde le viene lo de poeta. Gracias y favor de comunicarse a este correo jelvinbor@hotmail.com
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