8/29/2011

DEMOCRACIA “A LA MEXICANA”

Joaquín Ortega Arenas.

Señalan los artículos 39 y 40 de “nuestra Constitución Política”:

ARTICULO 39.- La soberanía nacional reside originariamente en el pueblo. Todo poder político dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

ARTICULO 40.- Es voluntad del pueblo mexicano constituirse una República representativa, democrática, federal ….

La más aceptada de las definiciones de democracia, es la establecida por Abraham Lincoln el 19 de noviembre de 1863 en Gettisbugh, en el que señaló que es el "gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo". Desgraciadamente en México hemos olvidado lo que es y debe ser la democracia. El pueblo, aún los diputados, carecen de “interés jurídico” para defender los intereses no sólo del pueblo, sino de la Nación toda. La H. Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado en sesión celebrada el día 18 de agosto actual, por mayoría de siete votos contra cuatro, que el patrimonio de la Nación puede ser rematado al mejor postor, en este caso, contratos de explotación por particulares de pozos activos productores de petróleo. Decisiones similares se han verificado ya con antelación, en relación con la explotación, para beneficio totalmente particular de fundos mineros, con sólo rentar la tierra en la que se abre el socavón.

El derecho de impugnar ese tipo de actos, lo otorga el Código Civil Federal en sus artículos 8, 2224 y 2226, que todavía ordenan:

ARTICULO 8.- Los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas o de interés público, serán nulos, excepto en los casos en que la ley ordene lo contrario,

ARTICULO 2224.- El acto jurídico inexistente por falta de consentimiento o de objeto que pueda ser materia de él no producirá efecto legal alguno. No es susceptible de valer por confirmación, ni por prescripción; su inexistencia puede invocarse por cualquier interesado.

ARTICULO 2226.- La nulidad absoluta por regla general no impide que el acto produzca provisionalmente sus efectos, los cuales serán destruídos retroactivamente cuando se pronuncie por el juez la nulidad . De ella puede prevalerse todo interesado y no desaparece por la confirmación o la prescripción.

Actos como los que se han efectuado en detrimento del patrimonio nacional, cuya nulidad puede ser invocada por cualquier interesado, no obstante que en la Jurisprudencia Mexicana no existe definición de “interés público e interés jurídico” para la Doctrina, interés público es“…el conjunto de prácticas y estrategias jurídicas y judiciales encaminadas a utilizar el derecho como un mecanismo de transformación social que tiene como fines la defensa del interés colectivo , la promoción de los derechos humanos y la justicia social…” Se trata,. Genéricamente de los llamados “intereses difusos o de tercera generación” , aún desconocidos para la Justicia Mexicana no obstante que su estudio se realizó a principios del Siglo XIX por el jurista alemán Friederick Karl Von Savigny que, estimados por la Suprema Corte de Justicia de Panamá, son:

“… aquellos en los cuales existe una indeterminación de sus titulares, dado su carácter supra-individual, una indivisibilidad del bien jurídico sobre el cual recaen y una ausencia de relación jurídica entre sus titulares”.

Esa indeterminación de los titulares del interés difuso implica, viéndolo desde el punto de vista adecuado, una co-titularidad, esto es una titularidad compartida, por parte de todo ser humano y de un ambiente determinado, que por el hecho de pertenecer a un sistema ambiental digamos mundial, interesa a su vez a todo ser humano desde un punto de vista macro.

Pero esta co-titularidad no está determinada por una relación evidente entre los individuos. Tal relación en realidad no existe en términos concretos, pues como bien de la humanidad, los intereses difusos no tienen dueño porque son de todos los componentes del género humano, no importando donde se encuentren, ni que niveles de progreso o categoría social o de cualquier otro tipo ostenten.

Ciertamente, por el objeto, tanto los intereses públicos como los difusos persiguen bienes de interés general; pero en los difusos son múltiples los sujetos que conforman el presupuesto de su misma gestión actualizadora.

En cambio, los denominados intereses públicos son propios de la actividad administrativa que se constituye en el instrumento de la normativa que regula su acción pública….

Asimismo los intereses difusos queden distinguidos de los intereses colectivos en que estos son típicos intereses de grupo, imputables a la colectividad organizada como un todo para la consecución de intereses propios a la categoría de pertenencia….

De lo indicado, los intereses difusos corresponden a esa gama de intereses supra individuales por la trascendencia misma y englobadora de su objeto, sin que pueda advertirse la precisión subjetiva o si advertida, equivoca o difícilmente, sin que los sujetos receptores e interesados estén unidos por algún vínculo jurídico previo y concertado….”

Resulta evidente, de acuerdo con estos supuestos jurídicos inatacables, que los mexicanos, todos, y con mayor razón aquellos que ostentan alguna representación popular, Sí SON SUJETOS DE DERECHO CON INTERÉS JURÍDICO PARA LA DEFENSA DE LAS INSTITUCIONES Y MAYORMENTE DE LOS BIENES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO NACIONAL.

Ojala algún día, los siete “ministros” que negaron, quién sabe por qué “razón”, que debe haber alguna, el interés jurídico para defender el patrimonio nacional sin beneficio propio sino común, tengan tiempo de leer esta ejecutoria de la Suprema Corte de Justicia de Panamá.

8/14/2011

LA MINERÍA MEXICANA, AYER Y HOY.

Joaquín Ortega Arenas.

La minería ayer, en la Nueva España, significó por su elevado producto en metales y en dinero, el desarrollo de la Colonia Nueva España y el enriquecimiento y grandeza. El desarrollo de la Minería no fue gradual, sino desmesuradamente realizado por los conquistadores que sólo llegaron a estas tierras a buscar oro y plata y saquear lo que pudieran. En 1552, crearon el Primer Distrito Minero ( Taxco, Sultepec y Zumpango); entre 1547 y 1554 el Segundo, ( Real del Monte y Real de Pachuca). En este Distrito ocurrió un evento que revolucionó la minería en el Mundo entero: Bartolomé de Medina mejoró los sistemas de aislar los metales preciosos de los que las minas producían en bruto, mediante el incendio de los socavones para calentar las paredes y después su enfriamiento brusco con agua, que traía como resultado el resquebrajamiento de la corteza interior de la mina y la obtención de los minerales preciosos al pulverizarlo. El sistema ideado por Bartolomé de Medina era el mezclar los materiales extraídos con “azogue”, una mezcla de otros materiales con base en el mercurio, con lo cual la extracción se facilitaba mucho. El Tercer Distrito Minero se estableció en el Siglo XVII (Guanajuato y Zacatecas) que resultó el de mayor provecho, ya que en Valenciana, Guanajuato, su propietario Antonio de Obregón obtuvo entre 1788 y 1808 treinta millones de peros oro, debido a que en el año de 1772, el Virrey Antonio María de Bucareli y Ursúa, Bailío de San Juan, con permiso real había acuñado las primeras monedas de ese metal. La cantidad que hoy parece ridícula doblaba el producto interno bruto del Virreinato del Perú.

La explotación minera era libre. Cualquiera podía denunciar un fundo y explotarlo con las únicas condiciones de que entregara al Monarca, “el quinto real” 20% de cualquier cantidad de metales que obtuviera; a la Iglesia, la “Primicia” , es decir, las primeras muestras de metal obtenidas y el “diezmo”, 10% de cualquier cantidad producto de la explotación.

El status minero subsistió hasta después de la Independencia respecto a las cantidades que debían entregarse a la Iglesia. El antiguo Quinto Real fue motivo de constantes luchas entre los dueños de las minas y las autoridades voraces que se iban sucediendo en los gobiernos “independientes”.

El 5 de febrero de 1857 de juró la segunda Constitución que ha regido este País y se consideró el subsuelo propiedad de la Nación e inalienable.

La Constitución de 1917 conservó en su artículo 27 el principio ya establecido respecto a la propiedad del subsuelo del territorio Nacional.

Desgraciadamente, durante el Régimen de 1920-1924 a instancias del “señor Presidente” la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció una excepción al principio. No era aplicable a las Compañías Petroleras que tenían concesiones anteriores a 1917.

En el período presidencial 1988-1994 se reformó la Constitución y en seguida las leyes secundarias aplicables a la Minería. Hoy, ¡hoy! Las concesiones se otorgan “para la explotación minera en una superficie de una o más hectáreas mediante contratos de arrendamiento por CINCUENTA AÑOS, PRORROGABLES, a razón de $5.00 hasta $110.00 por hectárea…”.

Tan sólo en el Estado de Guanajuato hay 51 compañías mineras que emplean a 3,500 trabajadores, cuya fuerza productiva representa apenas el 15% del producto interno bruto en el Estado.

La Empresa Canadiense Gold Corp, Ha anunciado que con una inversión de MIL SETECIENTOS MILLONES DE DÓLARES, ha tenido una producción anual de 400 000 Onzas de Oro, con un valor de SEISCIENTOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL dólares americanos.

Fresnillo PLC New Mont Minning Corporation Minera Pnemont en la mina Soledad-Dipolos en Sonora, Gold Resource Corporation/ Hochschild Minnuing Plc Minera Golden Trum en El Águila, de Oaxaca, o Silver Crest Mines la mina Santa Elena de Sonora cuyos cálculos de producción junto con la de Goldcorp se ubican en conjunto en 158 toneladas de oro por año, lo cual duplica el récord de producción alcanzado en 2010.

Soñar no cuesta nada. Creemos que sería muy coveniente que la Procuradora General de la República iniciara DE OFICIO una averiguación previa para determinar, quién o quiénes son los afortunados socios de las empresas mineras “arrendatarias”; cuánto dinero han pagado dichas afortunadas empresas arrendatarias por concepto de “arrendamiento por cincuenta años prorrogables , de las hectáreas que ocupan y explotan.

Como comentario final. Pobrecitos de los Reyes de España y de las autoridades Eclesiásticas de la Colonia que se conformaban con paupérrimo treinta o treinta y cinco por ciento de lo explotado en nuestras minas. Con el sistema actual habrían obtenido un 99.99% de los millones de pesos que enriquecieron a la Metrópoli, lo que, a no dudarlo, les habría bastado para batir a su eterna enemiga, Inglaterra, con flotas mucho mejores que las que mandaron a Lepanto.

EL ORO, ETERNA MALDICIÓN.

Joaquin Ortega Arenas. El ORO, metal sin ninguna aplicación industrial, es para los diccionarios:

“… un elemento químico de número atómico 79, situado en el grupo 11 de la tabla periódica. Es un metal precioso blando de color amarillo. Su símbolo es Au (del latín aurum, "brillante amanecer").

Es un metal de transición blando, brillante, amarillo, pesado, maleable y dúctil. El oro no reacciona con la mayoría de los productos químicos, pero es sensible al cloro y al agua regia. Este metal se encuentra normalmente en estado puro, en forma de pepitas y depósitos aluviales. Es un elemento que se crea gracias a las condiciones extremas en el núcleo colapsante de las supernovas. Cuando la reacción de fusión nuclear cesa, las capas superiores de la estrella se desploman sobre el núcleo estelar, comprimiendo y calentando la materia hasta el punto de que los núcleos más ligeros, como por ejemplo el hierro, se fusionan para dar lugar a los metales más pesados (uranio, oro, etc.). Otras teorías apuntan a que el oro se forma de gases y líquidos que se elevan desde la estructura interna de la Tierra, los cuales se trasladan a la superficie a través de fallas de la corteza terrestre.1 Sin embargo, las presiones y temperaturas que se dan en el interior de la Tierra no son suficientes como para dar lugar a la fusión nuclear de la cual surge el oro.

Para los hombres, en todas las épocas y lugares de la tierra donde existe, es y ha sido motor de todas las guerras, invasiones y revueltas de que se tenga memoria. En el Siglo XV, Cristóbal Colón buscaba una ruta mas sencilla para llegar a las Islas Molucas, productoras de las especies que tenían gran demanda en Europa y, partiendo ya de la idea de que la “tierra era redonda”, literalmente tropezó con un continente desconocido en el que ¡había oro!; al parecer, ¡mucho oro! Y sus intenciones originales cambiaron radicalmente de rumbo. Empezó a buscar oro. La noticia, más de que fuera de los límites del mundo conocido había un nuevo continente, estremeció a los europeos el que en ese nuevo continente, encontrado al azar que no descubierto como se la hecho creer, había ¡oro! Desató la ambición y miles de europeos se dieron a la tarea de ¡ hacer la América en busca de riqueza ¡ Muchos lo lograron, otros murieron en la empresa, pero lo cierto es que en su afán buscaron, encontraron oro a manos llenas y lo sacaron de las entrañas de la tierra al elevadísimo precio de casi acabar con los nativos a quienes obligaban a buscarlo. Trajeron esclavos negros y …antes de que concluyera el Siglo XVII, habían transportado a España 185 000 kilos de oro y 16 millones de plata, obviamente sin contar con los que se perdieron en el camino pirateados por los corsarios ingleses y otros, y los que se tragó el mar en numerosos naufragios. Las monedas españolas, doblones, cuartos etc., eran de oro americano acuñado con las efigies del rey en turno. Llegaron las independencias de los Países de América y el ¡peso Oro! mantuvo sus economías a flote a pesar del eterno saqueo que los próceres en turno verificaban y de las constantes guerras fratricidas que nos aquejaron durante todo el Siglo XIX. Vino la sacrosanta revolución con nuevos “visionarios” que en el cuadrienio 1924-1928 retiraron de la circulación las monedas de oro y la sustituyeron por monedas de papel, no desde luego papel moneda, sino moneda de papel sin respaldo de ninguna especie, que poco a poco nos ha llevado a la situación que hoy padecemos . De esas modas que cambian la faz del mundo a cada rato, volvió hace algunos años ¡…la fiebre de oro…! Nuevos próceres con ideas modernas recordaron que este País está maldecido, que no bendecido, por la naturaleza con sus minas, “El Palacio del Rey de Oros” y sus veneros de petróleo escrituradas por “El Diablo” según dicho de nuestro poeta de poetas, Ramón López Velarde. La nueva hornada de próceres, decidió aprovechar la moda, pero no para nuestro infortunado País, para ellos en lo personal y según datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, están vendiendo nuestros metales a un precio que oscila entre 5 y 112 pesos por hectárea para explotar las minas. El oro así obtenido, que según datos publicados por el Periódico La Jornada el Viernes 5 de agosto de 2011, … ”son Empresas extranjeras, la mayoría originarias de Canadá, han extraído de México más oro en este sexenio que lo adquirido por el Banco de México este año para reforzar las reservas internacionales. La actividad ha dejado ganancias millonarias por la elevada cotización del metal, mientras que, por la explotación de minas, las firmas sólo pagan entre 5 y 111 pesos por hectárea. La producción acumulada del oro en México fue de 220.6 toneladas entre los años 2006 y 2010, más del doble del que adquirió el banco central, de acuerdo con reportes de la Secretaría de Economía (SE), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y de la Cámara Minera Mexicana (Camimex). Con concesiones para operar minas ubicadas en Chiapas, Oaxaca , Zacatecas, Sonora, Baja California Sur y Chihuahua, las firmas han aprovechado el alza internacional del metal para multiplicar sus inversiones en México, a cambio de cumplir únicamente con un pago de derechos de entre 5 y 111 pesos por hectárea por la explotación minero-metalúrgica. La mayoría del oro no se queda en el país: en cuatro años las exportaciones del metal extraído en México se dispararon 451 por ciento. Al inicio del gobierno de Felipe Calderón las ventas de oro al exterior fueron por mil 43 millones 466 mil dólares, mientras el año pasado rebasaron 5 mil 753 millones 299 mil dólares. El alza es más atribuible a la cotización internacional del oro que a un aumento en la producción nacional, ya que ésta subió 121 por ciento en el período mencionado, al pasar de 35.8 toneladas en 2006 a 79.4 toneladas el año pasado. Según la Camimex, la industria minera nacional atraviesa un buen ciclo, determinada por los buenos precios internacionales, pero teme que por lo mismo que exista la tentación cortoplacista de establecer gravámenes al sector, según su reciente reporte anual. En cuanto a la producción, también ha habido una tendencia a la alza en todo el sexenio, aunque no en las dimensiones de las exportaciones: en 2006 México produjo 35.9 toneladas de oro, subió a 39.4 en 2007, trepó a 50.6 en 2008, cerró en 51.4 en 2009 y el año pasado llegó a 79.4 toneladas. Por eso, el oro ocupa ya el primer lugar en la producción minera del país, con 21 por ciento del total, seguido de la plata, con 19 por ciento, y el cobre, con 14 por ciento. Los reportes de la SE indican quelas principales empresas productoras del oro registraron un incremento en su volumen de producción, estimuladas principalmente por las altas cotizaciones del mineral. Con una aportación de sólo 3.92 por ciento en la producción mundial de oro, México ocupa el décimo lugar entre los principales productores del planeta. Por su valor, el oro desplazó en años recientes al cobre, la plata, e incluso al hierro de los primeros lugares de exportación entre los productos minero-metalúrgicos del país. Cuando arrancó el sexenio, el oro representaba únicamente el 12.9 por ciento del total de las exportaciones mineras no petroleras, por debajo de cobre, plata y hierro, pero el año pasado concentró 37.2 por ciento del total y en 2009 llegó a 39.5 por ciento. La plata, que por mucho tiempo fue el principal metal de exportación de México y que lo coloca como el primer productor mundial, sólo aportó 16.9 por ciento de todas las exportaciones mineras, y el cobre únicamente, 13.1 por ciento, coinciden cifras del Inegi y de la SE. Empresas que, en su mayoría, son extranjeras y entre las que dominan las provenientes de Canadá conforman 14 de los 19 proyectos más importantes que la Secretaría de Economía destaca por su tamaño, monto de inversión, producción calculada y empleos generados. Comenzaron operaciones entre 2008 y 2010 se dedican a la extracción de oro (desde mil hasta 400 mil onzas por año), unas de manera exclusiva otros combinado con otros metales. La lista la encabeza la compañía canadiense Goldcorp Inc, que desde el año pasado opera la publicitada mina Peñasquito, en Zacatecas, y que con una inversión anunciada de mil 700 millones de dólares prevé obtener una producción anual de 400 mil onzas de oro (11.3 toneladas), que a la cotización de ayer equivaldrían a 660 millones 560 mil dólares o 388 veces más respecto de su inversión original. Otras empresas que arrancaron proyectos en 2010 son Fresnillo PLC New Mont Minning Corporation Minera Pnemont en la mina Soledad -Dipolos en Sonora, Gold Resource Corporation/ Hochschild Minnuing Plc Minera Golden Trum en El Águila, de Oaxaca, o Silver Crest Mines la mina Santa Elena de Sonora cuyos cálculos de producción junto con la de Goldcorp se ubican en conjunto en 158 toneladas de oro por año, lo cual duplica el récord de producción alcanzado en 2010. El Oro, como el petróleo, es un recurso no renovable que tarde o temprano, ¡se va a acabar! SIN MÁS COMENTARIOS….