3/24/2010

MITOMANÍAS.

Joaquín Ortega Arenas. Somos, los mexicanos, proclives a crear mitos. Inventamos una mentira , la repetimos hasta el cansancio y llegamos a considerarla verdad, dogma o mito. Estamos eufóricos esperando el “bicentenario” de la madrugada del 16 de de septiembre de 1810, fecha que consideramos la iniciación de la guerra de independencia, en que por muchas razones que hoy ignoramos o pretendemos ignorar, Don Miguel Hidalgo y Costilla invitó al pueblo de Dolores a la rebelión en contra de la Corona de España. Olvidamos con todo descaro que el Padre Hidalgo, nunca pensó en obtener la independencia de la metrópoli, sino únicamente buscaba una autonomía de la Colonia, similar a la que existía entre las Colonias Inglesas del norte y, en su arenga dejó bien sentado ese propósito al decir a voz en cuello. ¡ Viva Fernando Séptimo! ¡Muera el mal gobierno! Seguramente murió sin saber que esa proclama “autonomista” desataría, de inmediato una guerra por la independencia encabezada por José María Morelos. Basta leer la ardiente proclama que intituló “Los sentimientos de la Nación” y las Constituciones que logró conformar en Chilpancingo y Apatzingán para apreciar las diferencias que señalo. El descontento con el gobierno colonial manejado exclusivamente por españoles traídos exprofeso, hacía tiempo que venía incubando un rechazo por parte de los criollos, (hijos de españoles nacidos en México), que subió de tono con la invasión francesa a España, la abdicación de Carlos IV y el nombramiento de José Bonaparte en sustitución del detenido Fernando VII que abdicó también al trono. El virrey Iturrigaray pretendía hacerse coronar rey de la Nueva España y los miembros del Ayuntamiento de México, `partidarios del autogobierno que buscaban los criollos, decidieron aprehenderlo y designar un virrey provisional. Pasando por alto el Pliego de Mortaja que designaba Virrey a Roque Abarca, Presidente de la Audiencia de Guadalajara, eligieron al decano de los militares españoles en la Colonia, Mariscal de Campo Pedro Garibay, que gobernó del 16 de septiembre de 1808 al 19 de julio de 1809 y a quien sucedió Francisco Javier Venegas y tocó estar en el virreinato durante “el grito de Dolores”. En verdad, de los que conocemos como libertadores de América, sólo José María Morelos en México, Simón Bolívar y Francisco de Miranda en Venezuela, pugnaban por una verdadera libertad plenamente independiente de España. La Constitución de Cádiz, de 1812, revolucionaria que repercutió con un gran impacto en todos los países, tuvo una vigencia muy irregular., (1812-1814, 1820-1823, 1836-1837) , y su influencia fue determinante para los movimientos primero “autonomistas” y después “independistas “ ocurridos en las colonias Americanas. Muerto Morelos en diciembre de 1814, podemos afirmar sin lugar a equivocarnos, que en la Nueva España casi desaparecieron, subsistiendo, eso sí, el descontento general consecuente, con el “Grito de Dolores” diversos movimientos , y fue hasta 1820 en que esos movimientos fueron revividos, en parte por la influencia de los Estados Unidos que no permitían que, como señalaba dicha constitución, se considerara territorio propio de España a las Colonias americanas lo que ocasionó que el Secretario de Estado del Presidente John Quincy Adams, James Monroe, creara la “doctrina” hoy conocida por el nombre de éste, mediante la cual quedó establecido, ad perpetuam, el slogan “America para los americanos” , que vedaba toda intención de los países europeos de intervenir en América. Los criollos que no quitaban el dedo del renglón, manipularon la política y lo poco que existía de verdadera rebelión y por conducto del brigadier del ejército español Agustín de Iturbide convencieron a los últimos rebeldes, Vicente Guerrero y Guadalupe Victoria de que debían unificarse para lograr la independencia, lo que ocurrió en el año de 1821. Excepción hecha de Victoria y Guerrero, todos los gobernantes hasta 1854, fueron criollos o brigadieres del ejército español, y sus gestiones de gobierno en nada variaron la situación de la colonia, permanentemente aliados al clero convertido en un instrumento político para “manejar las conciencias” en favor de ese estado de cosas. En mi humilde opinión, la verdadera independencia la obtuvimos con las Leyes de Reforma, iniciado ese período, la Ley Juárez, promulgada en 1855 mediante la cual se suprimieron los fueros del clero y el ejército y se declaró a todos los ciudadanos, iguales ante la ley; La Ley de nacionalización de los bienes del clero; La Ley del Matrimonio Civil; La Ley de Registro Civil; La Ley de Exclaustración de monjas y frailes; y sobre todas las demás, promulgadas por Juárez en el año de 1859, la Ley de libertad de cultos , Es evidente que gracias a las Leyes de Reforma, al menos legalmente, somos… un país independiente.

3/21/2010

¡Otra Vez, Santa Anna!

Hoy, mi querido lector, te va a tocar ser juez. No necesitas ser abogado, pues basta con que sepas leer y escribir y sobre todo, ¡QUE SEAS HONRADO!, Tu resolverás quién tiene la razón, La Suprema Corte de Justicia de la Nación, o los contribuyentes. Nuestro más alto Tribunal resolvió el lunes de la semana anterior: “…La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó el lunes seis amparos interpuestos en contra del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE),ya que las pruebas que se presentaron carecen de valor…” La noticia que trascribimos, nos ha dejado estupefactos. La obligación que los ciudadanos tenemos de contribuir para los gastos públicos, se encuentra establecida y a la vez limitada por la fracción IV del artículo 31 Constitucional, que dice: Artículo 31.- Son obligaciones de los mexicanos: IV.- Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. La Suprema Cortede Justicia de la Nación, ha establecido en Jurisprudencia Firme obligatoria para todo Tribunal, inclusive la misma Suprema Corte, en Tesis: 2a. LXXX/2001, publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo: XIII, Junio de 2001, Página: 310. PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD TRIBUTARIAS. POR REGLA GENERAL, LA VIOLACIÓN A ESTOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES NO ES OBJETO DE PRUEBA, PUES LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS NORMAS FISCALES DEBE ANALIZARSE ATENDIENDO AL UNIVERSO DE GOBERNADOS QUE SE UBICAN EN EL SUPUESTO NORMATIVO QUE PREVÉN La misma Suprema Corte ha determinado en Tesis: 419, publicada en Apéndice 2000. Tomo: Tomo I, Const., Jurisprudencia SCJN, Página:   482. Instancia: Pleno: PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD TRIBUTARIAS ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, CONSTITUCIONAL.-  El artículo 31, fracción IV, de la Constitución establece los principios de proporcionalidad y equidad en los tributos. La proporcionalidad radica, medularmente, en que los sujetos pasivos deben contribuir a los gastos públicos en función de su respectiva capacidad económica, debiendo aportar una parte justa y adecuada de sus ingresos, utilidades o rendimientos. … Igualmente, ha limitado la facultad impositiva del Congreso de la Unión,  en Tesis: 694, Instancia: Pleno, publicada en : Apéndice 2000, Tomo: Tomo I, Página: 491 CONGRESO DE LA UNIÓN, FACULTAD IMPOSITIVA DEL. LIMITACIONES. PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD.- La facultad impositiva del Congreso de la Unión a fin de cubrir el presupuesto de egresos (artículos 65, fracción II, y 73, fracción VII, de la Carta Magna)ha de entenderse sujeta a las limitaciones que la misma Constitución Federal establezca, entre otras, las que se contienen en el artículo 31, fracción IV. Es evidente, todo causante debe pagar impuestos por sus “…ingresos, utilidades o rendimientos..”, pero… para no guardarlos en un colchón, lleva lo que obtiene por concepto de “…ingresos, utilidades o rendimientos…” a depositar a un banco, y cuando la cantidad que deposita es mayor a 15 000 pesos, debe pagar otro impuesto que, los insaciables y saqueadores bancos le quitan alegremente para quedar bien con su majestad el Gobierno. Se trata indudablemente de un deposito de dinero que no era, por imposibilidad normal, un ingreso, utilidad o rendimiento, y que por tanto, carece de un fin estrictamente fiscal, inconstitucional por disposición de la mismísima Suprema Corte establecida en Tesis 758 por el Tribunal en Pleno, publicada en Apéndice 2000, Tomo: Tomo I, Página: 529, que determinó: CONTRIBUCIONES. LOS FINES EXTRAFISCALES NO PUEDEN JUSTIFICAR LA VIOLACIÓN AL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- El artículo 39 de lo que queda de la Constitución de 1917, dice literalmente: Artículo 39.- La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno. Tu, mi querido lector y todos los mexicanos tenemos derecho a intervenir en los asuntos que nos atañen. CONVIÉRTETE HOY EN JUEZ, Y RESUELVE SOBRE LA LEGALIDAD DEL FALLO DE LA SUPREMA CORTE, EL IMPUESTITO DE MARRAS y el papelón que están haciendo lo insaciables bancos como cómplices de un atraco tipo “Quince uñas” Antonio López de Santa Anna.

3/10/2010

MI HERMANO EL HOMBRE

Joaquín Ortega Arenas. En México, nuestros billetes de cien pesos (los ordinarios, no los conmemorativos del bicentenario), a los que cada vez menos mexicanos tenemos alcance, tienen impreso en letra muy pequeña, un brevísimo poema que escribió Netzahualcóyotl, Señor de Texcoco, a mediados del Siglo XV de la Era Cristiana (1440), en el que compendia la filosofía y el modo de pensar de nuestros antepasados, habitantes de la Mesoamérica gigante: “Amo el canto del zentzontle, pájaro de cuatrocientas voces. Amo el color del jade y el enervante perfume de las flores, Pero amo más a mi hermano el hombre”. Esa profunda filosofía, hoy “en vía de extinción”, que reconoce el valor de las cosas mundanas y los bienes apreciados y los coloca muy por abajo del amor al próximo, tiene y siempre ha tenido entre nosotros, distinguidísimos seguidores, cuyos ejemplos y nombres veneramos a pesar del “cambio” en que nos encontramos inmersos. Vienen a mi memoria nombres ilustres como Narciso Mendoza, “El Niño Artillero”, el chamaco que accionó, bajo una lluvia de balas realistas , una batería cargada que los defensores de Cuautla durante el sitio a que había sometido Félix María Calleja en el año 1812, no pudieron utilizar por que ya estaban muertos. Jesús García; “El héroe de Nacozari”, que a costa de su vida sacó de la estación de Nacozari, en el Estado de Sonora un convoy cargado con dinamita que estaba incendiándose; el doctor Rubén Leñero, muerto en el ejercicio de su sacerdocio por un contagio que pudo evitar y no evitó en aras del cumplimiento de su deber , y otros más, a los que tengo que agregar, por su “amor a mi hermano el hombre”, plenamente demostrado por sus acciones, a los que enseguida menciono: FRANCISCO MANUEL LÓPEZ, un joven sonorense que a riesgo de su vida y poniendo en juego su patrimonio, salvó de una muerte casi segura a sesenta y cuatro inocentes niños que encerrados en un cajón de muerte, convertido gracias a la intensa corrupción que hoy nos asfixia en flamante “Guardería” subrogaba del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de Hermosillo, que ante el estupor de una multitud de testigos ardía, con las puertas cerradas a pierda y lodo con poco más de un centenar de infantes indefensos. Sin meditarlo siquiera, estrelló su vehículo en los muros hasta abrir dos grandes boquetes por los que salieron primero los gases que estaban matando a los que se encontraban dentro del virtual horno, permitiendo el acceso de voluntarios que rescataron con vida a los que habían sobrevivido a la catástrofe. La “Guardería” era operada por “gente influyente” y FRANCISCO MANUEL LÓPEZ, no recibió como recompensa por su hazaña ni siquiera una palmadita en el hombro. El olvido OFICIAL, FUE INMEDIATO. El otro caso que me ha conmovido, es el de la donación de un riñón realizada por el joven médico jalisciense FEDERICO VALDÉS GASCA, así, con mayúsculas, que nos ha hecho pensar en que donde hay amor, “…a mi hermano el hombre…”, hay vida, y donde hay vida, hay esperanza. El trasplante de órganos humanos, un indudable logro de la ciencia médica, ante la falta de donantes se ha convertido en un inmenso e ilegal negocio. Generalmente se realiza subrepticiamente y a cosos elevadísimos. El que necesita un órgano porque su vida peligra, está siempre dispuesto a pagar lo que le pidan y, como en todas las cosas, siempre aparece un delincuente que compre un órgano a quién se debate en la miseria. El doctor FEDERICO VALDÉS GASCA, otra vez con mayúsculas, se enteró de que una antigua condiscípula estaba en peligro de muerte por una extraña anomalía en sus dos riñones, y voluntariamente acudió en su ayuda, consciente, sobre todo por ser médico, de los riesgos que corría no solo durante la operación, sino en el resto de su vida con un solo riñón. Por algo la naturaleza nos ha dotado de dos. Manifestó a su familia su deseo, y su familia en forma unánime aprobó su conducta y lo acompañó al nosocomio en que se realizó el trasplante, preocupados pero satisfechos de la conducta de su hijo, el donador y sus padres llegaron como si fueran a asistir a una fiesta , que, “cuando se ama a mi hermano el hombre” , no es otra cosa que el cumplir con esa obligación que deberíamos tener todos los humanos, siempre inmersos en nuestros problemas y nuestro indestructible EGO cargado de carencias, envidias, odio a todo y a todos. Se encontraron con los padres de la beneficiaria de ese acto de sublime humanidad, estupefactos, incrédulos, enormemente agradecidos, y unidos, festejaron con lágrimas en los ojos, el éxito de la operación. El personal de la clínica, acostumbrados a ver dramas día tras día, no daba crédito a lo que estaba viviendo y acompañó a los alegres festejantes. Insisto y repito, también con un nudo en la garganta, donde hay amor, “…a mi hermano el hombre…”, hay vida, y donde hay vida, hay esperanza. ¡Qué hermoso sería ver este ejemplo repetido en todos los confines de nuestra Mesoamérica gigante! ¡Ver como el señor de Texcoco no predicó en el desierto, cuando menos en esta bien llegada ocasión!