2/17/2012

La Delincuencia organizada infiltrada en las más altas esferas gubernamentales contra México y sus trabajadores

Joaquín Ortega Arenas

EL CASO “MEXICANA DE AVIACIÓN”

1.- ANÁLISIS LEGAL DE LA VENTA POSIBLEMENTE FRAUDULENTA DE MEXICANA DE AVIACIÓN S.A., A “GRUPO POSADAS” S.A.

Determina el Código Penal que comete el delito de FRAUDE QUIEN ( Artículo231

del Código Penal) . “…VIII.- Venda o traspase una negociación sin autorización de los acreedores de ella o sin que el nuevo adquirente se comprometa a responder de los créditos, siempre que éste resulte insolvente; ( Artículo 225 del mismo Ordenamiento Punitivo) “…- Al que se coloque en estado de insolvencia con el objeto de eludir las obligaciones a su cargo, con respecto a sus acreedores, se le impondrán….,”.

Cuando el delito se cometa por instituciones, organismos comerciales, empresas, etc, son responsables directamente las personas físicas que hayan intervenido en su preparación y comisión y resultados finales, sin que haya ley alguna que los exonere de esa culpa.

En el caso de Mexicana de Aviación, aparecen presumiblemente como responsables personalmente de los delitos señalados, SIN NECESIDAD DE NINGUNA INVESTIGACIÓN PORQUE SE TRATA DE HECHOS NOTORIOS AMPLIAMENTE DIFUNDIDOS POR LA PRENSA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN, ya que se “vendieron” un 50.49% de las acciones representativas del capital de Mexicana de Aviación en manos del IPAB, representado por MARIO ALBERTO BOUREGARD; un 10.6% bajo la responsabilidad de FRANCISCO GIL DÍAZ en manos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y un 3.54%, en manos de NACIONAL FINANCIERA, Representada por MARIO LABORÍN GÓMEZ, SIN QUE EN EL MOMENTO DE LA VENTA NI DESPUÉS, SE RECABARA LA INDISPENSABLE AUTORIZACIÓN DE LOS ACREEDORES , NI SE COMPROMETIERA “POSADAS DE MÉXICO” S.A., “…a responder de los créditos, siempre que éste resulte insolvente…”, AGRAVÁNDOSE ESA SITUACIÓN CUANDO “ POSADAS DE MEXICO”, ENAJENÓ TODOS LOS ACTIVOS DE MEXICANA DE AVIACIÓN, momento en que se consolidó, posiblemente, el ilícito señalado por el Artículo 225 del mismo Ordenamiento Punitivo) ya que la “Nueva Mexicana de Aviación adquirida ilícitamente, “… se colocó en estado de insolvencia con el objeto de eludir las obligaciones a su cargo, con respecto a sus acreedores, ….,”.

GRUPO POSADAS, estaba bien apoyado para esa maniobra ya que en ese tiempo tenía como parte de su consejo de administración a SANTIAGO CREEL MIRANDA, al mismo tiempo Secretario de Gobernación,

El Instituto Nacional de Protección al Ahorro bancario, IPAB, accionista mayoritario de CORPORACIÓN INTERNACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO, S.A. DE C.V. (CINTRA), dueño a su vez de GRUPO MEXICANA DE AVIACIÓN, S.A. DE C.V. (GMA), determinó que COMPAÑÍA MEXICANA DE AVIACIÓN tenía un valor de 1,456 millones de dólares y, para que GRUPO POSADAS, S.A. DE C.V., pudiera comprar la empresa, siendo ese grupo de un tamaño NUEVE VECES MENOR que Compañía Mexicana de Aviación , el Consejo de Administración de CINTRA, encabezado por su Presidente ANDRÉS CONESA LABASTIDA, hoy Director general de AEROMÉXICO, hizo un descuento a GRUPO POSADAS de 977 MDD, por “arrendamiento de aviones”, que no es parte del precio de una empresa sino un COSTO OPERATIVO; otro descuento de 265 MDD por un pasivo laboral registrado en los estados financieros de CINTRA que GRUPO POSADAS NO PAGÓ, y 29 MDD de deuda neta que GRUPO POSADAS convirtió en 1,600 MDD de deuda en solo 5 años de administración.

Fue posiblemente, ya que sólo las autoridades pueden determinar la calificación de esos hechos, un fraude contra la Nación que pagamos todos los mexicanos porque el dinero del IPAB y de NAFIN, era dinero público, de todos, que se le regaló a GRUPO POSADAS al venderle una empresa que valía 1446 MDD en solo 168 MDD menos un “ajuste” que redujo ese precio otros 21 MDD lo que es un “descuento” de 1,229 MDD

Seguiremos con el análisis legal de este “raro” NEGOCIO DE FIN DE SEXENIO”, ya que se inició un año antes de que la “familia presidencial” concluyera su mandato y concluyó matemáticamente con el fin del mismo.

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