7/21/2014

VIVIR EN EL ENGAÑO LEGAL.




Joaquín Ortega Arenas.

¡ Parece mentira y…desgraciadamente no lo es!
Vivimos en México y todo el entorno legal que rige nuestra vida, está basado en simulaciones.
Para empezar, en México no existe una Federación, porque los Estados no son libres ni soberanos. Una Federación, es por definición, la acción de unir mediante alianza, liga, unión o pacto entre varios estados. (Del latín, foederare, unir ).
La Constitución de 1824, estableció el régimen federal, en contra de la opinión del Diputado neolonés Servando Teresa de Mier, quien señalaba que no se estaba verificando una unión de estados soberanos, sino la continuación de un régimen centralista como lo era el monárquico español.
 La Federación la conforman los estados ya existentes que, al unirse, se comprometen a aportar y sufragar los gastos que la federación demanda, en la medida de las posibilidades de cada uno. Como señalamos, en México, la Federación creó los estados que la iban a componer y ha seguido creando nuevos estados.
Desde los tiempos de Antonio López de Santa Anna, la “falsa”  Federación Mexicana administra el total de los ingresos del País y los distribuye a su antojo, estableciendo cuál o cuáles, graciosamente, permite obtener a los "estados".
Surgió con el tiempo el descontento con la "federación", y se ha ido buscando la forma de que continúe el estado de cosas falso en que se vive. ¿Cómo lo han logrado?
 El imperio de la Ley se encuentra en México limitado al arbitrio y decisiones presidenciales, y en los 190 años transcurridos desde que se estableció el régimen federalista por el Congreso de 1823-1824, se ha venido fraguando la desaparición total de ese sistema político, hasta llegar nuevamente a un virtual absolutismo monárquico en el que han quedado aniquilados la propia federación y la democracia representada por el voto libre y soberano de los ciudadanos.
¿Cómo se ha  llegado a ese extremo? Desvirtuando uno a uno los principios fundamentales del régimen federal y de la democracia. El primero que dejó de tener vigencia , es el que reza que los Estados son "... libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior..." anulado por el establecimiento del Juicio de Amparo que  desde el gobierno de Santa Anna,  ha determinado que el régimen interior de los "estados", se vea sujeto en todo y por todo a las resoluciones que dicte el Poder Judicial Federal, derivado de la perversión total del primitivo  juicio de amparo con el que a mediados del Siglo XIX, pretendió sin éxito alguno Manuel Crescencio Rejón, poner coto a los abusos de poder y violaciones constitucionales constantemente efectuados por los gobiernos militares que sucedieron al de la Corona,  al plantear la necesidad de que respetando la soberanía de los estados presuntamente federados, se pusiera en manos de los Jueces de Primera Instancia y los Tribunales del Fuero común la potestad de amparar a  «...los que les pidan su protección contra cualesquiera funcionarios que no correspondan al orden judicial, decidiendo, breve y sumariamente las cuestiones que se susciten sobre los asuntos indicados..» , es decir, la facultad  de interpretar y cumplir la Constitución Federal.
La proposición de Manuel Crescencio Rejón, que revivía los viejos recursos de fuerza y de poder  existentes en España en tiempos de Alfonso el Sabio y en Suiza en los de Guillermo Tell,  quedó totalmente desvirtuada  por la  intervención del Presidente Antonio López de Santa Anna, quien determinó que esas facultades se reservaran por siempre a la Justicia Federal, limitando  la soberanía de los Estados Federados mediante  los artículos 22 y 25 del Acta Constitutiva y de Reformas, sancionada por el Congreso Extraordinario Constituyente de los Estados Unidos Mexicanos el 18 de mayo de 1847,  que a la carrera, casi clandestinamente, y mientras México era invadido por los norteamericanos, redactó el rico joven jalisciense Mariano Otero y en el que estableció la competencia única y exclusiva de los Tribunales de la Federación, los que igualmente conservaban la facultad de sentencia o dictamen, para aplicar la Constitución. Se estableció además el  “principio Otero”,  que limitó la procedencia del juicio de amparo, “solo a instancia de parte agraviada”  tan celebrado por nuestros abogados, ignorantes no sólo del derecho, sino de la historia patria, el cual fue, a no dudarlo, el primer golpe bajo a la soberanía de los Estados, agravado después el 12 de noviembre de 1908 en plena dictadura porfiriana, cuando  se amplió la esfera de procedencia  del juicio de amparo a asuntos que “… correspondan al orden judicial ..”
Así, toda autoridad puede realizar actos inconstitucionales. Una ley, aun habiendo sido declarada inconstitucional, puede seguirse aplicando a quienes no ganaron un amparo contra ella; los jueces comunes pueden aplicar leyes y ejercer acciones inconstitucionales, porque la constitucionalidad de los actos solo puede decidirla la Federación.
Para consolidar el sistema absolutista  actualmente en vigor, el 4 de junio de 1914, durante el gobierno de Victoriano Huerta,  se hizo la reforma al artículo 92 Constitucional en la que se determinó que «…los Ministros de la Suprema Corte serán electos por el Senado en escrutinio secreto y precisamente entre las personas que proponga en  terna  el Presidente de la República...» principio que acogió, con un inmenso placer,  la Constitución vigente .  Terminó de golpe la democracia en la elección de los individuos del Poder Judicial, sustituida por el “nombramiento,  y con ella concluyó también  la independencia del mismo, pues normalmente debe considerarse  causa  de inhabilitación de un juzgador, participar como tal juzgando a su benefactor, es decir, a quien  debe  su “nombramiento”, lo que  en México, ¡ni soñarlo!  
En 1994  se crearon con nuevas reformas a la Constitución, los Tribunales Electorales, entre cuyas funciones está la de anular  la elección de cualquier tipo de funcionarios; y no cuesta ningún esfuerzo concluir que, con esta medida  ha muerto la democracia, ya que el voto “libre y soberano”  de los ciudadanos, puede ser declarado nulo por los tribunales electorales del Poder Judicial Federal  sin siquiera tomar en consideración a los ilusos que lo emitieron.
A lo largo de los noventa y cuatro  años de vigencia de la actual Constitución mexicana  se ha reformado más de dos mil veces y en esas reformas se han venido estableciendo fueros y privilegios corporativos y monopolios  que  reservan a favor del estado el ejercicio de las libertades civiles y los derechos humanos.
Se ha establecido, por norma constitucional, el trabajo legislativo mediante el funcionamiento de fracciones parlamentarias y con esa medida ha desparecido la esencia de la representación popular directa de los habitantes de cada región del País.  De hecho,  ya no existen los representantes populares. Han sido substituidos por  fracciones de los partidos políticos aceptados por  la Federación  que, en las discusiones de leyes o proyectos en las Cámaras legislativas, deben votar por consigna partidaria, en masa,  y lo que es peor, una buena parte de diputados y senadores ya no son electos por el pueblo, directamente, en forma  democrática. Ahora  son “propuestos” por los partidos aceptados y financiados por la federación.
Las medidas legales “adoptadas” constituyen un cáncer que ha minado nuestras instituciones democráticas, y la cura necesaria  debe ser radical.  Extirparla, pero ¿cómo?
El Juicio de amparo fue en el Siglo XIX una necesidad  para limitar los abusos del poder,  y constituyó un medio de defensa eficaz para los ciudadanos, aun con las limitaciones impuestas por Santa Anna.  Hoy se ha convertido en un arma en manos del ejecutivo y en contra de los ciudadanos. El monopolio constitucional de la legalidad de los actos públicos y privados, por  un Poder Judicial  monstruoso, corrupto y al servicio del ejecutivo nos ha llevado a una simple simulación de estado de derecho,  y

¿QUÉ HACER,  SI LA REBELDÍA   PUEDE DERIVAR HASTA EN UN DESTIERRO LEGAL …“HASTA SONORA”?

2 comentarios:

Unknown dijo...

Blogger JORGE MANUEL LOPEZ HERNANDEZ dijo...
LA COLECCION DE PERIODICOS EL BUEN OBRERO SE LA PRESTE A JOAQUIN ORTEGA ESQUIVEL Y AUN Y CUANDO SE LO HE SOLICITADO EN VARIAS OCASIONES, NO ME LA HA REGRESADO, POR LO QUE, TE PIDO POR FAVOR TIO JOAQUIN QUE ME LA REGRESES. ATTE JORGE LOPEZ HERNANDEZ 0445515114301

2:19 p.m.

Unknown dijo...

Blogger JORGE MANUEL LOPEZ HERNANDEZ dijo...
LA COLECCION DE PERIODICOS EL BUEN OBRERO ME LA DEJO MI ABUELA A MI, YA SU AUTOR FUE SU PADRE DON GAMALIEL ARENAS, YO SE LA PRESTE A JOAQUIN ORTEGA ESQUIVEL Y AUN Y CUANDO SE LO HE SOLICITADO EN VARIAS OCASIONES, NO ME LA HA REGRESADO, POR LO QUE, TE PIDO POR FAVOR TIO JOAQUIN QUE ME LA REGRESES. ATTE JORGE LOPEZ HERNANDEZ 0445515114301

2:19 p.m.