2/25/2009

LA CORTE DE LOS PRIVILEGIOS III

Joaquín Ortega Arenas. Iniciamos esta colaboración, con una necesaria aclaración. Al comentar sobre la posibilidad de que hijos de altos funcionarios judiciales, se incorporen al Poder Judicial de la Federación , omitimos involuntariamente uno de los más connotados casos de lo benéfico que resulta esa práctica. Don Jesús Guzmán Vaca, fue ministro de la Suprema Corte durante la primera mitad del Siglo pasado, con un excelentísimo desempeño, y su hijo, GUILLERMO GUZMÁN OROZCO, así, con mayúsculas, escaló uno a uno los peldaños que lo condujeron a la Suprema Corte de Justicia hasta llegar POR MERITOS, no por compadrazgos, hasta nuestro mas Alto Tribunal, y es, sin lugar a dudas, el mas brillante de todos los funcionarios judiciales de la segunda mitad del siglo pasado. No hay tesis notable que no provenga de su criterio y capacidad en la Novena Época. Saldada la omisión, continuamos con el tema que estábamos desarrollando. LA CORRUPCIÓN JUDICIAL EN EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. Señalamos que la corrupción por consigna, rampante desde el año de 1935, con altas y bajas ha llegado a nuestros días y, a no dudarlo, es la principal causa del desprestigio que hoy soporta del Poder Judicial Federal. Ya mencionamos que, ni un alumno que haya estudiado “Civismo” en la escuela secundaria, ignora que el cobro de impuestos, plaga de la miseria de nuestro pueblo, debería ser proporcional y equitativo y, sin embargo la Suprema Corte , afortunadamente NO POR UNANIMIDAD, HA ESTIMADO QUE ES CONSTITUCIONAL. Uno de los casos más grotescos lo constituye la “tenencia por uso de automóviles”, y SIENDO grotesco, soporta una grotesca comparación, Usted por necesidad adquiere unos calzoncillos y paga el impuesto en el momento de su adquisición, mas 15% de I.V.A. y, cada día que se los cambie, deberá pagar impuesto por uso de sus calzoncillos, y seguramente ese impuesto será declarado CONSTITUCIONAL, por equiparación. Es imposible que ciudadanos letrados, con título profesional de Licenciado en Derecho, ignoren esa situación, lo que hace posible pensar que su simulada ignorancia obedezca a simple tráfico de influencias del titular de todas las influencias posibles en éste País. Es presumible que cuando existe un delito y se comprueba, DEBE SER CASTIGADO y, sin embargo, la Suprema Corte declaró que en el caso de San Salvador Atenco, ( si no lo recuerdas querido lector, durante el sexenio pasado se metió en la cabeza de alguien hacer un tremendo negocio con la construcción de un nuevo aeropuerto en las tierras cenagosas del Lago de Texcoco, mejoradas y convertidas en tierra laborable , como dice el pueblo “a puro pulmón” por los campesinos de San Salvador Arenco, Estado de México). Los afectados reaccionaron contra ese atraco, primero pacíficamente y después airadamente, armándose de lo único que estaba a su alcance, “los machetes” y aperos de labranza. La voluntad “divina” y el capricho, tienen mucha, pero mucha mayor fuerza que la justicia y el Gobierno del Estado de México y la Federación reaccionaron a su vez con las armas que paga el pueblo, pero que están a sus órdenes y reprimieron brutalmente la reacción de aquellos que solo tenían en su favor la razón y la justicia, Los golpearon los lastimaron y los encarcelaron. No en vano han acuñado los poderosos el refrán, “El que manda, manda y, si se equivoca, vuelve a mandar”. La reacción y reprobación de esos atropellos se convirtió en nacional y, para que sacara la castañas del fuego, de llevó esa protesta hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación que, por mayoría de los integrantes de la Sala a la que correspondió el asunto, llegó a la conclusión de que sí hubo atropellos, sí hubo violaciones constitucionales a granel, pero lo que no podía estimarse que existiera, eran los responsables. SIN COMENTARIOS. La segunda forma de corrupción, después de la consigna, (para el Código Penal, TRAFICO DE INFLUENCIAS) dotada siempre de inmunidad el impunidad, es la corrupción por dinero. En la actualidad, los altos funcionarios del Poder Judicial en verdad están sobrepagados, (ese sistema es parte de una especie de corrupción gubernamental), y sin embargo, con el mal ejemplo y la impunidad que otorga a los malos funcionarios la obediencia constante de la consigna, en muchos tribunales la “injusticia” es una mera mercancía. “El que tiene mas saliva traga mas pinole”. Con un profundo dolor, me ha tocado escuchar a un litigante alabar a “x” o “z” y su honradez, por que, literalmente dijo la persona a quién oí, “…es muy derecho. Si tu le das dinero, ya no recibe dinero de tu contraparte…”. Los principales beneficiarios de ese sistema, obviamente, son los ricos y los más ricos, los bancos. El espacio no me permite terminar, pero en el siguiente ensayo, comentaré el como, la justicia ha protegido y ayudado a los bancos a despojar de sus casas a miles de mexicanos vía FOBAPROA.

2/17/2009

“ LA CORTE DE LOS PRIVILEGIOS, II “

Joaquín Ortega Arenas. Comentábamos en el artículo anterior, el publicado por el Periodista Ricardo Ravelo, y si bien la mayor parte de sus observaciones, a nuestro entender y de la gran mayoría de los mexicanos, son exactas y justas, tiene si embargo algunas que no lo son, como es la acusación que de nepotismo hace a los Ministros Juan Silva Meza ,Olga Sánchez Cordero y Margarita Luna Ramos. El hecho de que algunos de sus descendientes y parientes se encuentren laborando en el Poder Judicial Federal, no implica lo que solemos conocer como nepotismo. Los puestos en el Poder Judicial, excepción hecha de los señores Ministros a quienes designa a capricho el “señor Presidente” , se habían otorgado a personas que previamente demostraron su capacidad para ello y en ese caso, se encuentran varios de los parientes de la hoy Ministro Luna Ramos, personas que han llegado a magistrados, aun antes de que la Ministro fuese designada, con plenos derechos y reconocimientos. Que se trate de algún hijo o hijos de altos funcionarios, no solo es lógico y natural, ya que desde el juramento del abogado, se establece la obligación de orientar a sus descendientes para que sigan esa difícil carrera, y en la historia de nuestro Poder Judicial Federal, encontramos familias que han tenido representantes en la Suprema Corte durante todo el siglo XIX y la primera mitad del XX, los casos de los Ministros Francisco Modesto Ramirez, y Alfonso Francjsco Ramírez, Alfredo y Jorge Iñárritu, Felipe de J. Tena y Felipe Tena Ramírez, todos ellos intachables y excelentes funcionarios judiciales. Lo que es un hecho y ni siquiera pretendemos tapar al sol con un dedo, es la proliferación de la corrupción en todos los poderes judiciales del País, sin excepción, corrupción por consigna en los mas altos tribunales, iniciando por la Suprema Corte de Justicia de la Nación , ya que ni siquiera podemos suponer en que varios de sus desafortunados “fallos” hayan sido simples equivocaciones, como las recientes resoluciones sobre San Salvador Atenco, en que determino, en contra del voto del Ministro Genaro David Góngora Pimentel, que si hubo abusos , que si hubo violaciones a la Constitución a granel, pero…como fueron realizadas por los “mandos medios” , están arropadas por la mas criminal inmunidad, que según el Diccionario de la Lengua Española , es “… Privilegio local concedido a los templos e iglesias, en virtud del cual los delincuentes que a ellas se acogían no eran castigados con pena corporal en ciertos casos”, e impunidad, definida por el mismo Diccionario como , “impunidad.(Del lat. impunĭtas, -ātis).1. f. Falta de castigo. Como era de esperarse, el “fallo”, ha agigantado la desconfianza en el Poder Judicial Federal. Otro de la “fallos” escandalosos de la Suprema Corte , lo constituye la “legalización” vía indudable de la corrupción por consigna, de los aumentos irrestrictos, inmotivados e infundados del impuesto predial. Constitucionalmente los impuestos deben ser equitativos y proporcionales, es decir, iguales para todos los contribuyentes, y siempre acordes con la capacidad contributiva del causante. Pero el Estado, genéricamente hablando, cada día necesita mas dinero y ¿como obtenerlo? Muy sencillo, elevando el impuesto predial, esquilmando a la empobrecida población que ya no soporta aumentos en artículos de primera necesidad, energéticos, medicinas, insumos y además, impuestos sobre todo y sobre nada, como en el caso del IMPUESTO SOBRE TENENCIA Y USO DE AUTOMÓVILES, cuya supresión, como engaño de campaña, fue ofrecida por el Señor Presidente y ni ha sido ni será nunca cumplida, que al fin y al cabo, “ya lo declaró Constitucional la Suprema Corte de Justicia de la Nación ”. El impuesto predial se determina en el momento de la adquisición de un inmueble, en el que el adquirente pone de manifiesto su capacidad contributiva, pero… al año escaso de que le fue fijado, y cada año que transcurre, las autoridades por si y ante si, sin meditar en la miseria reinante que cada vez agobia mas a los mexicanos, que el poder adquisitivo de nuestra moneda cada vez es menos, ( es una mentira criminal señalar que “el dólar sube y sube”. Lo que baja y baja es el poder adquisitivo de nuestra moneda) elevan la base contributiva que resulta del valor de los inmuebles, que desde luego no están en venta, y elevan desaforadamente el impuesto predial , ¿Qué la Constitución exige que cualquier molestia a los gobernados debe ser producto de un procedimiento en que se le oiga y venza, (artículo 16), en el caso del impuesto predial, ese precepto NO RIGE, porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya determinó que el alza del impuesto sin responder ni reflejar la capacidad contributiva del causante, y lo que es peor, infundada e inmotivada, y sin oír al causante, ES CONSTITUCIONAL. ¡Que podemos hacer, si para nuestro Alto Tribunal las garantías individuales NO CUENTAN!

2/09/2009

“ LA CORTE DE LOS PRIVILEGIOS..

Joaquín Ortega Arenas. Flota, desde hace ya meses, en la intrincada Red cibernética que llaman “Internet”, ( Entre redes ), un artículo firmado por Ricardo Ravelo, en el que se hacen muy serias imputaciones a la otrora insospechable H. Suprema Corte de Justicia de la Nación , unas de corrupción administrativa y abuso y dilapidación de fondos; otras de nepotismo, y la peor, en la que el autor señala: “…en la Corte ya es práctica frecuente el tráfico de influencias…” . Respecto a la corrupción administrativa, resulta posible desde que el Poder Judicial Federal dejó de ser el “patito feo” de los Poderes que Constituyen la Unión. Los funcionarios judiciales eran los empleados mas mal pagados de todos los tres Poderes. En innumerables ocasiones utilizando mi humilde pluma, defendí esa situación sin resultado alguno, los servidores de la Justicia eran los mas mal pagados, pese a que a la vez eran los mas eficaces y reconocidos. Ser Ministro de la Suprema Corte , era muchas veces un sacrificio para algún abogado al que se otorgó el honor. En sus despachos particulares o en empleos diversos podían ganar el triple o el cuádruple de lo que percibía un Ministro, y tenían que trabajar diez o mas veces el tiempo que trabajaban fuera del Alto Tribunal. De entrada, los empleados de todos los tribunales, sea cual sea su categoría, están exentos de formar parte de lo que la Constitución en su artículo 40, define como “…República representativa, democrática…” porque si bien, los representantes de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, son electos democráticamente, los del Poder Judicial son nombrados desde 1914 , a virtud de un Decreto de Victoriano Huerta, chapuceramente por el “Señor Presidente de la República ” , lo que resulta una horrible violación al principio que contiene el mencionado artículo 40, en especial a partir del mes de diciembre de 1935, en que el “señor presidente” cesó, si cesó a los Ministros de la Suprema Corte que tenían el carácter de “inamovibles” y designó, como dijo en su momento el pueblo, “ a sus cuates”. Seis años duró el atraco, y en 1940, sin modificar la “designación Presidencial” , se conformo una nueva Suprema Corte y se restituyó la inamovilidad de sus miembros, solo por 55 años mas. Ernesto Zedillo, en 1994, “jubiló” a la fuerza a los ministros , redujo su número al que tenían señalado en la Constitución de 1917, y ni te lo imaginas , querido lector, salvo algunas excepciones, como son las de los Ministros Juan Silva Meza, Genaro Góngora Pimentel y Juventino Castro y Castro, hoy jubilado, que siempre han roto la unanimidad en los votos, nombró a sus cuates. No voy a afirmar que nunca hubo sospechas de tráfico de influencias, porque mentiría, pero si que en ese lapso de 1940 a 1995, disminuyeron notablemente, y solo hubo serias críticas por la protección que el Poder Judicial otorgó, ( y sigue otorgando) a las Instituciones de Crédito y a los inconstitucionales impuestos que día a día decreta el santanesco Poder Legislativo, a petición del “Señor Presidente”. Por mas que lo intentemos, los mexicanos no podemos olvidar que el I.V.A., ES PERFECTAMENTE CONSTITUCIONAL, que la sacrosanta tenencia y uso de automóviles, ES PERFECTAMENTE CONSTITUCIONAL , que el FOBAPROA , ES PERFECTAMENTE CONSTITUCIONAL, que la elevación del impuesto predial, señalado a capricho por las autoridades, ES PERFECTAMENTE CONSTITUCIONAL, por declaración expresa de la Suprema Corte. A partir de 1995, las sospechas fundadas se han multiplicado, y los Tribunales Federales, (muchísimos, eso si), descaradamente trafican con la justicia y, ni modo, no hay autoridad que reciba una sola queja, “podría desprestigiar al Poder Judicial” En el artículo que comentamos, Ravelo la emprende contra el ministro Mariano Azuela, lesionándolo con casos de tráfico de influencias, y debemos recordar que durante su mandato como Presidente de la Suprema Corte , se dieron varios casos de aberraciones y abusos escandalosos, entre los que recordamos el caso de una anciana propietaria de un predio que con el tiempo alcanzó un inmenso valor , en la zona urbana de la Ciudad de Naucalpan, y que le fue arrebatado literalmente por el Poder Judicial Federal. Luz y Fuerza del Centro, empresa que depende directamente del residente de la República , se posesiono por la fuerza del predio y construyó sobre el mismo tres líneas de transmisión eléctrica. La afectada demando la reivindicación del predio ( Expediente 6/95 del Índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de México) y obtuvo sentencia favorable que ratificó el Primer Tribunal Unitario del Segundo Circuito y respecto al cual el Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito en Materia Civil, NEGÓ EL AMPARO A LUZ Y FUERZA DEL CENTRO. Resultaron inútiles todos los intentos hechos por la afectada para recobrar su terreno, hasta que, coincidiendo con la llegada de Azuela a la Presidencia de la Corte , el Juez Segundo de Distrito EN EL Estado De México, declaró INEJECUTABLE LA EJECUTORIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA QUE OBLIGABA A LUZ Y FUERZA A DEVOLVER EL PREDIO. La afectada pretendió combatir esa aberración, con la mala suerte de que todos los recursos que intentó FUERON DECLARADOS, SIN ANÁLISIS ALGUNO, NOTORIAMENTE IMPROCEDENTES, Y AL RECURRIR A LA SUPREMA CORTE , POR ACUERDO DE SU PRESIDENTE MARIANO AZUELA, SE LE IMPUSO UNA MULTA DE MAS DE TRES MIL PESOS. No es que acuse a nadie, pero una conducta así, requiere de un apoyo “divino” a los jueces que intervinieron en él.