2/09/2009

“ LA CORTE DE LOS PRIVILEGIOS..

Joaquín Ortega Arenas. Flota, desde hace ya meses, en la intrincada Red cibernética que llaman “Internet”, ( Entre redes ), un artículo firmado por Ricardo Ravelo, en el que se hacen muy serias imputaciones a la otrora insospechable H. Suprema Corte de Justicia de la Nación , unas de corrupción administrativa y abuso y dilapidación de fondos; otras de nepotismo, y la peor, en la que el autor señala: “…en la Corte ya es práctica frecuente el tráfico de influencias…” . Respecto a la corrupción administrativa, resulta posible desde que el Poder Judicial Federal dejó de ser el “patito feo” de los Poderes que Constituyen la Unión. Los funcionarios judiciales eran los empleados mas mal pagados de todos los tres Poderes. En innumerables ocasiones utilizando mi humilde pluma, defendí esa situación sin resultado alguno, los servidores de la Justicia eran los mas mal pagados, pese a que a la vez eran los mas eficaces y reconocidos. Ser Ministro de la Suprema Corte , era muchas veces un sacrificio para algún abogado al que se otorgó el honor. En sus despachos particulares o en empleos diversos podían ganar el triple o el cuádruple de lo que percibía un Ministro, y tenían que trabajar diez o mas veces el tiempo que trabajaban fuera del Alto Tribunal. De entrada, los empleados de todos los tribunales, sea cual sea su categoría, están exentos de formar parte de lo que la Constitución en su artículo 40, define como “…República representativa, democrática…” porque si bien, los representantes de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, son electos democráticamente, los del Poder Judicial son nombrados desde 1914 , a virtud de un Decreto de Victoriano Huerta, chapuceramente por el “Señor Presidente de la República ” , lo que resulta una horrible violación al principio que contiene el mencionado artículo 40, en especial a partir del mes de diciembre de 1935, en que el “señor presidente” cesó, si cesó a los Ministros de la Suprema Corte que tenían el carácter de “inamovibles” y designó, como dijo en su momento el pueblo, “ a sus cuates”. Seis años duró el atraco, y en 1940, sin modificar la “designación Presidencial” , se conformo una nueva Suprema Corte y se restituyó la inamovilidad de sus miembros, solo por 55 años mas. Ernesto Zedillo, en 1994, “jubiló” a la fuerza a los ministros , redujo su número al que tenían señalado en la Constitución de 1917, y ni te lo imaginas , querido lector, salvo algunas excepciones, como son las de los Ministros Juan Silva Meza, Genaro Góngora Pimentel y Juventino Castro y Castro, hoy jubilado, que siempre han roto la unanimidad en los votos, nombró a sus cuates. No voy a afirmar que nunca hubo sospechas de tráfico de influencias, porque mentiría, pero si que en ese lapso de 1940 a 1995, disminuyeron notablemente, y solo hubo serias críticas por la protección que el Poder Judicial otorgó, ( y sigue otorgando) a las Instituciones de Crédito y a los inconstitucionales impuestos que día a día decreta el santanesco Poder Legislativo, a petición del “Señor Presidente”. Por mas que lo intentemos, los mexicanos no podemos olvidar que el I.V.A., ES PERFECTAMENTE CONSTITUCIONAL, que la sacrosanta tenencia y uso de automóviles, ES PERFECTAMENTE CONSTITUCIONAL , que el FOBAPROA , ES PERFECTAMENTE CONSTITUCIONAL, que la elevación del impuesto predial, señalado a capricho por las autoridades, ES PERFECTAMENTE CONSTITUCIONAL, por declaración expresa de la Suprema Corte. A partir de 1995, las sospechas fundadas se han multiplicado, y los Tribunales Federales, (muchísimos, eso si), descaradamente trafican con la justicia y, ni modo, no hay autoridad que reciba una sola queja, “podría desprestigiar al Poder Judicial” En el artículo que comentamos, Ravelo la emprende contra el ministro Mariano Azuela, lesionándolo con casos de tráfico de influencias, y debemos recordar que durante su mandato como Presidente de la Suprema Corte , se dieron varios casos de aberraciones y abusos escandalosos, entre los que recordamos el caso de una anciana propietaria de un predio que con el tiempo alcanzó un inmenso valor , en la zona urbana de la Ciudad de Naucalpan, y que le fue arrebatado literalmente por el Poder Judicial Federal. Luz y Fuerza del Centro, empresa que depende directamente del residente de la República , se posesiono por la fuerza del predio y construyó sobre el mismo tres líneas de transmisión eléctrica. La afectada demando la reivindicación del predio ( Expediente 6/95 del Índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de México) y obtuvo sentencia favorable que ratificó el Primer Tribunal Unitario del Segundo Circuito y respecto al cual el Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito en Materia Civil, NEGÓ EL AMPARO A LUZ Y FUERZA DEL CENTRO. Resultaron inútiles todos los intentos hechos por la afectada para recobrar su terreno, hasta que, coincidiendo con la llegada de Azuela a la Presidencia de la Corte , el Juez Segundo de Distrito EN EL Estado De México, declaró INEJECUTABLE LA EJECUTORIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA QUE OBLIGABA A LUZ Y FUERZA A DEVOLVER EL PREDIO. La afectada pretendió combatir esa aberración, con la mala suerte de que todos los recursos que intentó FUERON DECLARADOS, SIN ANÁLISIS ALGUNO, NOTORIAMENTE IMPROCEDENTES, Y AL RECURRIR A LA SUPREMA CORTE , POR ACUERDO DE SU PRESIDENTE MARIANO AZUELA, SE LE IMPUSO UNA MULTA DE MAS DE TRES MIL PESOS. No es que acuse a nadie, pero una conducta así, requiere de un apoyo “divino” a los jueces que intervinieron en él.

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